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Requisitos para obtener una Declaratoria Turística

¿Qué es una Declaratoria Turística?

La declaratoria turística es un reconocimiento, que otorga el Instituto Costarricense de Turismo, a todas aquellas empresas del ramo que voluntariamente lo soliciten.

Para ello, deben cumplir con requisitos técnicos, económicos y legales señalados en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas.

Con estos requisitos se busca garantizar la legalidad de la actividad turística y alcanzar uno de los principales objetivos del departamento: lograr la más alta calidad del producto turístico costarricense. Es importante dejar claro que los trámites de la declaratoria turística no tienen ningún costo.

Legislación Aplicable:
  • Reglamento de Empresas Actividades Turísticas
  • Ley 6990: Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico
  • Ley del Fomento del Turismo Rural Comunitario
  • Reglamento de Empresas de Hospedaje
  • Ley de Agencias de Viajes
  • Ley 7600: Ley de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad
  • Ley 8220: Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos
  • Decretos y pronunciamientos relacionados

Requisitos para Obtener una Declaratoria Turística

¿Quién puede optar?

  • Personas físicas
  • Personas jurídicas

¿Cuál debe ser el estado de la empresa?

  • Empresas en operación
  • Como proyecto (empresas que aún no operan)

Detalles de la declaratoria

Beneficios de la Declaración Turística ¿Qué tipo de empresas pueden tener declaratoria turística? ¿Cómo puedo iniciar el trámite?
  • Ser incluida en los listados oficiales del ICT ( y sitio web)
  • Recibir capacitación por parte del ICT
  • Requisito obligatorio para obtener el contrato turístico.
  • Obtener categorización
  • Acceso a promoción por medio de página Web www.visitecostarica.com
  • Participación en ferias turísticas internacionales.
  • Posibilidad de participación en Campañas Cooperativas Internacionales con agencias de viajes mayoristas y líneas aéreas.
  • Posibilidad de participación en Campañas en zonas específicas, en coordinación con hoteleros locales con el fin de ofrecer descuentos especiales al turista.
  • Posibilidad de distribuir material en los Centros de Información Turística del ICT.
  • Optar por la obtención de la Marca Pais.
  • Las declaratorias NO OTORGAN:

    1. Patentes de licores
    2. Envío de turistas por parte de ICT
    3. Exoneraciones fiscales de ningún tipo
  • Establecimientos de Hospedaje:
    • Hoteles
    • Apartoteles
    • Bóteles
    • Pensiones
    • Albergues
    • Villas / Cabinas / Cabañas
    • Pensión
    • Posadas de Turismo Rural
    • Hotel Boutique
    • Posada de Turismo Rural Comunitario (TRC)
  • Agencias de Viajes: emisoras y receptivas.
  • Empresas gastronómicas (en operación)
    • a. a. Sodas y fondas, cafeterías y restaurantes
  • Actividad Turística Temática
  • Arrendadora de Vehículos
  • Transporte Aéreo
  • Transporte Acuático
  • Actividad Recreativa Acuática
  • Actividad Recreativa Aérea
  • Actividad Turística de Congresos y Convenciones
  • Actividad Turística Spa
  • Actividad Turística
  1. Recopilar los requisitos legales y técnicos
  2. Presentar Documentos completos en la ventanilla Única del ICT

Documentación Declaratoria Turística

A partir de la última reforma al Reglamento de Empresas y Actividades Turísticas, incluida en el Decreto Ejecutivo N° DE 41370- MEIC- TUR, publicada en el Alcance N° 203 del Diario Oficial La Gaceta del día 07 de diciembre de 2018


Requisitos, formularios, Manuales (técnicos, económicos)

Actividad Recreativa Acuática